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Todo lo que debes conocer acerca de Empresas de

Servicios Transitorios

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La operación de tu negocio no debe verse afectada por falta de talento.

Servicios Transitorios  es la solución más rápida, con muy bajo riesgos que permite ahorrar costos para la contratación de personas.

En cumplimiento con lo establecido en la Ley 20.123 y el Código del Trabajo.

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¿Qué es una empresa de Servicios Transitorios (EST)?

Son personas jurídicas, cuyo objetivo es poner a trabajadores y trabajadoras a disposición de empresas usuarias, para que cumplan tareas, labores o servicios de forma transitoria u ocasionales.

¿Qué se necesita para crear una empresa de servicios transitorios?

En la  oficina de la Inspección del Trabajo

  • Formulario de solicitud.

  • Copias legalizadas ante un notario público de:                          -Escritura pública de constitución.                      -Rol Único Tributario (RUT) de la EST.            -Certificado de representación o administración, y copia de la inscripción de sociedad y sus modificaciones (si existen), otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.                          -Rol Único Tributario (RUT) del o los representantes legales.

 

En Línea:

  • Clave Única

  • Empleador debe estar constituido como EST

  • Tener habilitado uno o más Representantes Laborales Electrónicos en el Portal Mi DT.

Copias escaneadas de originales o copias legalizadas de:

-Escritura pública de constitución.

-Rol Único Tributario (RUT) de la EST.

-Certificado de representación o administración, y copia de la inscripción de sociedad y sus modificaciones (si existen), otorgado por el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

-Rol Único Tributario (RUT) del o los representantes legales.

Este trámite no posee ningún costo.

¿Cuáles son los casos en que se puede contratar trabajadores de servicios transitorios?

Existen 6 causales legales por las cuales una empresa puede contratar trabajadores por servicios transitorios:
 

a) Suspensión del contrato de trabajo o de la obligación de prestar servicios (Por ejemplo: licencias médicas, descansos de maternidad o feriados).
 

b) Eventos extraordinarios tales como la organización de congresos, conferencias, ferias, exposiciones u otros de similar naturaleza.
 

c) Proyectos nuevos y específicos tales como la construcción de nuevas instalaciones, ampliación de las ya existentes o expansión a nuevos mercados.
 

d) Periodo de inicio de actividades en empresas nuevas.
 

e) Aumentos ocasionales, sean o no periódicos, o extraordinarios de actividad en una determinada sección, faena o establecimiento de la empresa.
 

f) Trabajos urgentes, precisos e impostergables que requieren de una ejecución inmediata, tales como reparaciones en las instalaciones y servicios de la empresa.

¿Cuáles son los casos en que NO se puede contratar trabajadores de servicios transitorios?

a) Para realizar tareas de representación de la empresa usuaria, tales como gerencia, subgerencia, agentes o apoderados.

b) Para reemplazar a trabajadores que han declarado la huelga legal en el respectivo proceso de negociación colectiva.

c)Para ceder trabajadores a otras empresas de servicios transitorios.

Ventajas y Beneficios de Contratar Servicios Transitorios

1-Tiempo del Contrato:

Flexibilidad para cubrir periodos específicos. Los contratos pueden tener la duración que requiera su proyecto: días, semanas, meses. Hasta 180 días, renovables por 180 días más.

2-Contratación rápida y precisa: 

Convierte costos fijos en costos variables. El contrato firmado electrónicamente es avalado por la dirección del trabajo, tiene la misma validez legal que la firma en papel.

3-Ahorro en administración de Recursos Humanos:

Optimiza su presupuesto. Bajo esta modalidad no tendrás que ocuparte por selección, contratación, nóminas, remuneraciones, etc.

4-Disminuyen tus riesgos laborales:

Controla riesgos laborales. Todos los fueros tienen la duración máxima del mismo contrato de Servicios Transitorios. Esto significa que el termino del contrato de la persona es el establecido desde el primer momento.

 

Bajo este tipo de contratación, el empleador es la EST, PERO el trabajador es subordinado y dependiente directamente de la empresa.

Ellos confían en nosotros

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